Micelio

Artículo 3

Información Electoral

Decreto 1134 de 1988 · por medio del cual se reglamenta el proceso electoral tendiente a efectuar nueva elección de Alcalde.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Información electoral. En el mismo período señalado en el artículo anterior, por las estaciones de radiodifusión sonora, canales de televisión y altoparlantes, sólo se podrá difundir información estrictamente electoral, quedando prohibida la transmisión de conferencias, discursos, mesas redondas y comentarios de carácter político. A través de las estaciones de radio y por medio de altoparlantes, las organizaciones políticas podrán hacer propaganda y formular invitación a sufragar por su candidato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1134 de 1988