Micelio

Artículo 191

Decreto 2200 de 1987 · por el cual se regula el Régimen Especial de Administración de Personal y de Carrera Administrativa para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Comités de Disciplina deberán reunirse cuando las necesidades lo exijan, previa convocatoria escrita hecha por el Secretario de los mismos con una antelación no inferior a cuarenta y ocho (48) horas.

Parágrafo

Los Comités sesionarán válidamente, cuando menos con la mitad más uno de sus integrantes y adoptarán decisiones con la mitad más uno de sus asistentes. Si los que faltaren fueren los representantes del Sindicato, el Presidente del Comité señalará una nueva fecha de reunión que no podrá exceder del término de tres (3) días hábiles siguientes a la de la indicada en la primera convocatoria y en la que la Comisión sesionará con el número de miembros que se encuentren presentes, siendo válidas sus actuaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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