° Las agencias de prensa extranjeras que funcionen en Colombia, serán socialmente responsables por las informaciones que transmitan dentro o desde el territorio nacional. El incumplimiento de las normas que las regulan dará lugar a la cancelación definitiva del registro ante el Ministerio de Comunicaciones, sin perjuicio de la aplicación de las demás acciones a que hubiere lugar.
Decreto 639 de 1992 →Vigente
Artículo 6
Las Agencias De Prensa Extranjeras Que Funcionen En Colombia, Serán Socialmente Responsables Por Las Informaciones Que Transmitan Dentro O Desde El Territorio Nacional
Decreto 639 de 1992 · por el cual se reglamenta el registro de las agencias de prensa extranjeras y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.