Micelio

Artículo 66

Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la licencia del vehículo . Todo vehículo en el cual se transporten plaguicidas con fines comerciales deberá tener licencia sanitaria de transporte, expedida por la Dirección Seccional de Salud de la sede de la empresa transportadora, o del propietario del vehículo, la cual tendrá validez durante cinco (5) años en todo el territorio nacional, renovable por períodos iguales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1843 de 1991