°. Modifíquese el artículo 2° del Decreto 2839 del 17 de agosto de 2005, el cual quedará así: "Artículo 2°. Aplicar una medida de salvaguardia provisional a las importaciones de productos textiles, originarios de la República Popular China, en la forma de gravamen arancelario adicional, para cada uno de los grupos de productos clasificados por las subpartidas arancelarias que se indican a continuación: GRUPOS DESCRIPCION SUBPARTIDAS ARANCELARIAS Gravamen Adicional % KANSAS –INDIGO Tejidos de algodón con hilados de distintos colores, de peso superior a 200G/M2.Tejidos mezclilla “Denim”. Tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85%, mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, con hilados de distintos colores de peso superior a 200G/ M2. De mezclilla “Denim” Los demás tejidos de algodón con hilados de distintos colores de peso superior a 200G/M2. 52.09.42 52.11.42 52.12.24 70 70 70 ALGODONES Tejidos de algodón, crudos, ligamento tafetán, de peso superior a 100g/M2, pero inferior a 200 g/m2 Tejidos de algodón, blanqueados, ligamento tafetán, de peso superior a 100G/M2, pero inferior a 200 G/M2 Tejidos de algodón, blanqueados, ligamento sarga o cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso inferior a 200G/M2. Tejidos de algodón, teñidos, ligamento tafetán, de peso superior a 100GM/2, pero inferior a 200 G/M2. Tejidos de algodón, teñidos, ligamento sarga o cruzado de curso inferior o igual a 4, de peso inferior a 200G/M2 Los demás tejidos de algodón, teñidos, de peso inferior a 200G/M2. Tejidos de algodón, estampado, ligamento tafetán, de peso superior a 100G/M2, pero inferior a 200 G/M2. Tejidos de algodón, blanqueados ligamento tafetán de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, blanqueados, ligamento sarga o cruzado de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, teñidos, ligamento tafetán, de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, teñidos, ligamento sarga o cruzado de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, estampados, ligamento tafetán, de peso superior a 200G/M2 Tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, teñidos, de ligamento tafetán de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, teñidos, de ligamento sarga incluido el cruzado de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 200G/M2. Tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, estampados, ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 200G/M2. Los demás tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, estampados, de peso superior a 200 G/M2. 52.08.12 52.08.22 52.08.23 52.08.32 52.08.33 52.08.39 52.08.52 52.09.21 52.09.22 52.09.31 52.09.32 52.09.51 52.11.31 52.11.32 52.11.52 52.11.59 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 69 RETEÑIDOS Y MEZCLAS Tejidos de algodón, con hilados de distintos colores, ligamento tafetán, de peso superior a 100G/M2, pero inferior a 200 G/M2. Los demás tejidos de algodón con hilados de distintos colores, de peso inferior a 200G/M2. Tejidos de algodón, con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, con hilados de distintos colores, ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 200G/M2. Los demás tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, con hilados de distintos colores de peso inferior o igual a 200G/M2. Tejidos de hilados de filamento sintéticos, teñidos 100% Nylon. Tejidos de hilados de filamento sintéticos, estampados. 100% Nylon. Tejidos crudos o blanqueados de fibra discontinua de poliéster, con un contenido de esta fibra inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con algodón, ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 170G/M2. Tejidos de fibras discontinuas de poliéster con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con algodón, teñidos, ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 170G/M2. Tejidos de fibra discontinua de poliéster, con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con algodón, con hilados de distintos colores, ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 170G/M2. Tejidos estampados de fibras discontinuas de poliéster, con un contenido de esta fibra inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con algodón, ligamento tafetán de peso inferior o igual a 170G/M2. Tejidos de fibras discontinuas de poliéster, con un contenido de esta fibra inferior al 85% en peso, mezclados exclusivos o principalmente con algodón, teñidos, ligamento sarga, incluido el cruzado de curso inferior o igual a 4, de peso superior a 170G/M2. Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster, mezclados exclusivos o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa. Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster, mezclados exclusivos o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales. 52.08.42 52.08.49 52.10.41 52.10.49 54.07.42 54.07.44 55.13.11 55.13.21 55.13.31 55.13.41 55.14.22 55.15.11 55.15.12 87 87 87 87 87 87 87 87 87 87 87 87 87 LINEA HOGAR Ropa de cama estampada, de fibras sintéticas o artificiales, diferente de la ropa de cama de punto. Las demás ropas de cama. De fibras sintéticas o artificiales, diferentes de la ropa de cama de punto y de las demás ropas de cama estampadas. Las demás ropas de mesa, de algodón, diferentes de la ropa de mesa de punto. Las demás ropas de mesa, de fibra sintética o artificiales, diferentes de la ropa de mesa de punto. Los demás artículos de cama y artículos similares (edredones, cubre lechos, etc.), rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia. 63.02.22 63.02.32 63.02.51 63.02.53 94.04.90 87 87 87 87 87
Decreto 590 de 2006 →Vigente
Artículo 1
Modifíquese El Artículo 2° Del Decreto 2839 Del 17 De Agosto De 2005, El Cual Quedará Así: "artículo 2°
Decreto 590 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2839 del 17 de agosto de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.