Micelio

Artículo 10

Oficina Asesora De Jurídica

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora de Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General y a las dependencias de la Entidad en la interpretación de las normas constitucionales y legales, para garantizar una adecuada toma de decisiones y mantener la unidad de criterio en la interpretación y aplicación de las disposiciones en el campo de acción del Instituto.

2.

Conceptuar sobre asuntos que en materia de su competencia sometan a su consideración las dependencias del Instituto.

3.

Revisar y conceptuar sobre los pliegos de condiciones y términos de referencia de las licitaciones e invitaciones públicas que convoque el Instituto, para la celebración de contratos de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.

4.

Revisar y conceptuar sobre los proyectos de convenios internacionales que se sometan a su consideración.

5.

Compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionada con la actividad de la Institución y velar por su actualización, difusión y aplicación.

6.

Coordinar con las dependencias competentes la atención de las tutelas acciones de cumplimiento y demás acciones que se profieran en contra del instituto, dentro de los términos legales.

7.

Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto en los procesos en que este sea parte, en los casos en que así lo determine el Director General.

8.

Coordinar la atención y hacer seguimiento de todos los procesos judiciales y extrajudiciales en los que sea parte el Instituto.

9.

Recibir notificaciones judiciales y extrajudiciales que se surtan contra el Instituto.

10.

Velar por la legalización y titularización de los bienes inmuebles del Instituto.

11.

Mantener la custodia de los títulos de propiedad de los bienes inmuebles del Instituto.

12.

Suministrar a las autoridades competentes la información y documentación necesaria para la defensa de los intereses del Instituto e informar a la Dirección General sobre el curso de dichos juicios.

13.

Asesorar a la Subdirección de Crédito y Cartera en las actuaciones encaminadas a lograr el cobro de las sumas adeudadas al Instituto por concepto de los créditos educativos otorgados.

14.

Coordinar los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva, según lo determine la Entidad.

15.

Coordinar la elaboración y trámite de los proyectos de leyes, decretos y demás actos administrativos que deban someterse a consideración de las instancias pertinentes y conceptuar sobre ellos.

16.

Elaborar, en coordinación con las áreas competentes, las respuestas a los recursos que deban resolverse en contra de actos administrativos proferidos por el Instituto.

17.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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