El Juez no permitirá que el testigo se limite a decir que "es cierto el contenido de la pregunta" sino que aclarará con él cada contestación, hasta cerciorarse de que verdaderamente asegura lo que expresa la pregunta, con suficiente conocimiento de los hechos.
Ley 103 de 1923 →Vigente
Artículo 679
Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.