°. El sostenimiento de casas en forma permanente en este servicio hospitalario de tuberculosis se hará en la siguiente escala
Los hospitales que reciban un auxilio anual mayor de ochocientos pesos ($800) y menor de mil pesos ($1.000) sostendrá cuatro (4) camas:
Los hospitales que reciban un auxilio anual comprendido entre mil pesos ($1.000) y mil cuatrocientos noventa y nueve, sostendrá ocho (8) camas.
Los hospitales que reciban un auxilio anual desde mil quinientos ($1.500) hasta dos mil cuatrocientos noventa y nieve ($2.499) sostendrá ocho (8) camas; d) los hospitales que reciban un auxilio anual de dos mil quinientos pesos ($2.500) en adelante - con excepción de los que están situados en capital de Departamento o Intendencia -, sostendrá doce (12) camas.
Es entendido que el número de camas a que se refieren los numerales anteriores representa el mínimum exigible para cada hospital, hasta nueva disposición de la autoridad competente.