Revisión del Comité Técnico de la Asociación de Usuarios. Concluidos los estudios de preinversión, en cualquiera de sus subetapas y establecida la viabilidad técnica, económica, ambiental y social para realizar el proyecto, así como el valor preliminar de la inversión, el Organismo Ejecutor los pondrá a consideración de la Asociación de Usuarios, quien a su vez lo comunicará a su Comité Técnico, quien será el responsable de revisar los estudios y de presentar concepto de aceptación sobre los mismos.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.14.1.2.9
Revisión Del Comité Técnico De La Asociación De Usuarios
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.