En El Artículo 26 Del Convenio Se Suprime El Párrafo 2
Ley 95 de 1965 · por la cual se aprueban los Convenios para la Unificación de algunas normas relativas al transporte aéreo internacional y Protocolo Adicional al artículo 2°, “firmados en la ciudad de Varsovia el 12 de octubre de 1929”, al “Protocolo”, que modifica el Convenio para la Unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929”, suscrito en La Haya el 28 de septiembre de 1955”, y al “Convenio Complementario del Convenio de Varsovia, para la Unificación de ciertas normas relativas al transporte aéreo internacional realizado por quien no sea el transportista contractual, firmado en Guadalajara el 18 de septiembre de 1961”, y por consiguiente, se autoriza al Gobierno Nacional para que adhiera a las mencionadas Convenciones y Protocolos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
y se sustituye por la siguiente disposición:
"2. En caso de averia, el destinatario deberá presentar una protesta inmediatamente después de haber sido anotada dicha avería y, a más tardar, dentro de siete días, para los equipajes y de catorce días para las mercancías, a contar de la fecha de su recibo. En caso de retraso, la protesta deberá hacerse a más tardar dentro de los veintiún días a contar del día en que el equipaje o la mercancía hayan sido puestos a disposición del destinatario".
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.