Son autoridades competentes para expedir salvoconductos de deporte y posesión de armas de fuego y municiones, las siguientes:
La Jefatura de Material de Guerra;
Los Oficiales de las Fuerzas Militares a quienes el Gobierno designe como Jefes Civiles y Militares de determinada región;
Los Comandantes de Unidad Operativa;
Los Comandantes de Base Naval o Aérea;
Los Comandantes de cuerpo de tropa.
Cada salvoconducto, así expedido, tiene validez en todo el territorio nacional.