º Se entiende por Medicamento toda droga o mezcla de drogas, con o sin adición de sustancias auxiliares, preparada para ser presentada como forma farmacéutica que se utilice para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de las enfermedades del hombre y de los animales.
Artículo 2
º Se Entiende Por Medicamento Toda Droga O Mezcla De Drogas, Con O Sin Adición De Sustancias Auxiliares, Preparada Para Ser Presentada Como Forma Farmacéutica Que Se Utilice Para La Prevención, Alivio, Diagnóstico, Tratamiento, Curación O Rehabilitación De Las Enfermedades Del Hombre Y De Los Animales
Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.