La planta de personal directiva, docente, administrativa, técnica y de servicios de las escuelas normales superiores de carácter oficial, hasta el nivel de educación media, estará a cargo de la Nación y se financiará por el Sistema General de Participaciones.
La Nación podrá financiar el Programa de Formación de Maestros en la educación superior de las Escuelas Normales Superiores oficiales, a través del Presupuesto General de la Nación, dentro del marco del fiscal de mediano plazo. Esta financiación se implementará través de la creación de un fondo con destinación especifica de manera que se respete la trayectoria educativa de los maestros, los derechos adquiridos bajo regímenes especiales y la transitoriedad. Además, se garantizará la continuidad y la calidad en la formación de los docentes, cumpliendo con las condiciones establecidas por la ley.
Las Escuelas Normales Superiores (ENS) oficiales están facultadas para hacer uso de diferentes fuentes de recursos, como la posibilidad de gestionar recursos propios a través de la prestación de servidos educativos y la participación en convocatorias públicas de cooperación nacional e internacional.
También podrán acceder a recursos del Sistema General de Regalías y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), la inversión social privada y la filantropía nacional e internacional y de otras fuentes acordes con su misionalidad.