Micelio

Artículo 10

La Administración Comisarial No Podrá Celebrar Contrato, Ni Contraer Obligaciones A Cargo Del Periodo Fiscal Sin Que Se Haya Previamente Constituido La Respectiva Reserva Presupuestal, Refrendada Por La Auditoría Fiscal

Decreto 3651 de 1983 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, supresiones y adiciones, el Acuerdo número 002 del 9 de noviembre de 1983, expedido por el Consejo Comisarial del Amazonas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Administración Comisarial no podrá celebrar contrato, ni contraer obligaciones a cargo del periodo fiscal sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3651 de 1983