Micelio

Artículo 1.3.1.8.1.6

Obligaciones Del Comercializador Y Del Productor O Tercero Que Actúe En Su Nombre

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones del comercializador y del productor o tercero que actúe en su nombre. Tanto el comercializador como el productor o tercero que actúe en su nombre, se obligan a guardar la confidencialidad sobre la información entregada por el adquirente la cual está protegida por las disposiciones de la Ley 1581 de 2012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013.

El comercializador estará en la obligación de informar a los compradores de neveras nuevas, la existencia de la tarifa diferencial del Impuesto sobre las Ventas (IVA) de que trata el numeral 3 del artículo 468-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 185 de la Ley 1819 de 2016.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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