Micelio

Artículo 2.13.1.1

Objeto

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto.El objeto del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (SINEFAC), es la consolidación de un sistema de formación con diversas modalidades para educación artística y cultural, con una visión sistémica. Se dirige a definir, fortalecer y promover la educación y la formación artística y cultural, para impulsar el desarrollo integral de capacidades, habilidades y competencias propias de este saber, adaptándose a diversos contextos de aprendizaje, y fomentando la cualificación y la dignificación de los agentes del sector de las Culturas, las Artes y los Saberes para la convivencia y la paz, en procura de fortalecer las identidades culturales, el desarrollo integral de las personas y las ciudadanías culturales, en condiciones de calidad, acceso, pertinencia y oportunidad. El Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), comprende un conjunto de agentes y actores, sus relaciones sistémicas, normas, recursos, políticas, programas, planes, proyectos, y prácticas, que tienen una función específica y reconocible, en el campo de la educación y la formación artística y cultural del país

Parágrafo

El Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac), se estructurará a partir de la articulación del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Trabajo, con los Subsistemas locales de educación y formación artística y cultural de las entidades territoriales, respetando los principios de diversidad y de autonomía, en el orden territorial.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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