Micelio

Artículo 10

Los Individuos Que Hayan Sido Retirados Del Servicio Por Mala Conducta, Abandono Del Servicio, O Por Sentencia Condenatoria De La Justicia Penal Militar O Civil, De Hecho Perderán Las Jinetas De Buena Conducta Que Hayan Obtenido En El Servicio

Decreto 823 de 1949 · Por el cual se reglamentan los requisitos para obtener las jinetas de buena conducta y las causales que determinan su pérdida y recuperación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10. Los individuos que hayan sido retirados del servicio por mala conducta, abandono del servicio, o por sentencia condenatoria de la justicia penal militar o civil, de hecho perderán las jinetas de buena conducta que hayan obtenido en el servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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