Articulo 6.º Son funciones de los Jefes de División
Dirigir y coordinar los trabajos que han de desarrollar las Secciones que componen cada división:
Estudiar y coordinar los problemas de la Sección.
Asistir al Comité de Coordinación y a la Junta de Licitaciones cuando sea el caso.
Asesorar al Director en el estudio y resolución de los problemas propios de su División.
Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos y elaborar a su vez informes sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos por la División, según la reglamentación general.
Responder ante el Director por el cumplimiento de sus funciones.