Micelio

Artículo 21

Excepciones

Decreto 301 de 2024 · por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Excepciones . Las normas del presente título no se aplicarán, salvo disposición expresa en contrario

a)

A los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que prestan servicio en el exterior.

b)

Al personal docente de los distintos organismos de la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales.

c)

A los empleados públicos de las entidades que tienen sistemas especiales de remuneración legalmente aprobados.

d)

Al personal de las Fuerzas Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional, que no se rigen por el Decreto número 1042 de 1978 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

e)

Al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma.

f)

Al personal Carcelario y Penitenciario. TÍTULO II PRIMA DE SEGURIDAD Y SOBRESUELDO PARA ALGUNOS EMPLEOS DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC) Y OTRAS DISPOSICIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 301 de 2024