Micelio

Artículo 1

Decreto 998 de 2025 · por el cual se modifican los artículos 2.3.3.1.8.1., 2.3.7.1.1., 2.3.7.1.3., 2.3.7.1.5. y 2.3.7.2.2. del Decreto número 1075 de 2015 - único reglamentario del sector educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modificación del artículo 2.3.3.1.8.1. del Decreto número 1075 de 2015. Modificar el artículo 2.3.3.1.8.1. del Decreto número 1075 de 2015, el cual quedará así: “Artículo 2.3.3.1.8.1. Ejercicio de la inspección y vigilancia de la educación. Deléguese en el Ministerio de Educación Nacional la función de inspección y vigilancia de la educación, atribuida al Presidente de la República, con excepción del ejercicio de la Inspección y Vigilancia de los recursos asignados por el Gobierno nacional al Programa de Alimentación Escolar, la cual se delega en el representante legal de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar -Alimentos para Aprender (UApA). Los Gobernadores y Alcaldes ejercerán, en su respectiva jurisdicción, funciones de inspección y vigilancia, de acuerdo con las competencias otorgadas por las leyes y con el reglamento que para el efecto se expida, en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo 4 del Título VIII de la Ley 115 de 1994”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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