Artículo segundo. El pago de los auxilios de que trata el artículo primero de este Decreto, su manejo e inversión, y la rendición de la cuenta correspondiente a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativa y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones.
Decreto 1322 de 1964 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1322 de 1964 · por medio del cual se hace la distribución de la apropiación correspondiente a la partida presupuestal "Auxilios a las Sociedades de Agricultores".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.