Micelio

Artículo 10

Decreto 625 de 1883 · En ejecución de la ley 12 del presente año, "que reorganiza el servicio diplomático y consular"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 10. La comprobación do los gastos que hagan los Cónsules, y según resulte de las correspondientes partidas descrita en el "Diario," so verificará conforme á lo siguiente: (a). Los gastos que se hagan de las cajas de los Cónsules se comprobarán con el recibo del interesado puesto al pie del documento que se pague. (b) Los pagos sobre cheques expedidos á favor de acreedores del Tesoro para completar el valor d« órdenes que ya se hubieren remitido con la cuenta respectiva, se comprobarán con el recibo del interesado, haciéndose la explicación precisa de aquella circunstancia. (c). La partida por envío de mi Pagaré ó Letra de cobro a otra oficina para que la cubra, se comprobará con la nota en que se avise el recibo de tal Letra ó Pagaré. (d). Las partidas de emisión de Libranzas se comprobarán con la atestación ó declaración del que recibe. (e). Las partidas de remesas hechas ya en dinero, ya en documentos, se comprobarán con el recibo de la oficina en que se consignen las sumas para su remisión ó con el de la oficina á que se envían. Cuando la remesa consistiere en documentos, éstos se pondrán bajo cubierta sellada á presencia del empleado de correos encargado de remitirlos; el pliego irá certificado y con las precauciones necesarias para evitar en extravío, pérdida ó deterioro en el tránsito. (f). Las partidas de remesas de otras oficinas, empleados, Casas ó Bancos, se comprobarán con las notas remisorias correspondientes (g) Las partidas descritas por consignación de "Depósitos" en Casas, Bancos &. a , se comprobarán o n el recibo del funcionario á cuya disposición se pusieren. (h). Los comprobantes llevarán una portada en que se cite la partida del "Diario" á que se refieren, ó irán numerados en série cardinal continua. Esta numeración sirve para citarlos al pié de la partida respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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