ARTICULO 1o. MISION Y ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. - El Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano que propone, orienta, coordina y ejecuta la política exterior de Colombia, bajo la dirección del Jefe del Estado y que administra el servicio exterior de la República. En desarrollo de su Misión le corresponde
Formular la política internacional del Estado y someterla a consideración del Presidente de la República.
Orientar, integrar y armonizar las políticas y programas sectoriales que competen a las diferentes instituciones del Estado, con la política internacional.
Desarrollar la política exterior del Estado.
Articular las acciones de las diversas entidades del Estado en lo que concierne a las relaciones internacionales del país, en especial las de índole política, económica, social y ecológica, sobre las bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.
Participar en la formulación y ejecución de la política de comercio exterior, de integración y cooperación internacional en todos sus aspectos.
Mantener. en concordancia con las necesidades e intereses del país, las relaciones de todo orden con los demás Estados y Organismos Internacionales directamente, o por medio de las Misiones Diplomáticas y Consulados correspondientes.
Ser interlocutor y enlace para todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades gubernamentales y los Gobiernos de otros países así como con los Organismos internacionales.
Negociar, con la cooperación de otros organismos nacionales, si es del caso, Tratados, Acuerdos y demás Actos Internacionales, así como hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su cumplimiento.
Promover y salvaguardar los intereses del país y de sus nacionales ante los demás Estados, los Organismos y Conferencias Internacionales y de la Comunidad Internacional
Desarrollar actividades de protección de los derechos fundamentales de los Colombianos en el exterior y ejercer ante las autoridades del país donde se encuentren, las acciones pertinentes, de conformidad con los principios y normas de Derecho Internacional.
Administrar el Servicio Exterior de la República y adoptar las medidas necesarias para que se ajuste a la Política Exterior.
Aplicar el régimen de privilegios e inmunidades reconocidos por los Tratados, por la Ley o por instrumentos idóneos.
Promover y fortalecer la capacidad negociadora de Colombia en relación con los demás sujetos de Derecho Internacional.
Tramitar la naturalización de extranjeros y aplicar el régimen legal de nacionalidad en lo pertinente.
Expedir los pasaportes y autorizar mediante convenios su expedición en las Gobernaciones, cuando lo estime necesario.
Otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros al país.
Actuar como Secretaría Técnica de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.
Establecer los reglamentos y dictar las normas que regulen la organización y funcionamiento de sus dependencias.
Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.