Micelio

Artículo 9

Ley 2111 de 2021 · por medio del cual se sustituye el Título XI “De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” de la Ley 599 de 2000, se modifica la Ley 906 de 2004 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créese en la Fiscalía General de la Nación, la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente adscrito a la Delegada contra la Criminalidad Organizada, la que tendrá como función principal la investigación y judicialización de los delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente y las demás conductas delictivas conexas o relacionadas, mediante un trabajo interdisciplinario sin perjuicio de la competencia de las Direcciones Seccionales sobre la materia.

La Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente estará conformada por:

Unidad

Cantidad

Cargo

Niveles

Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente

Director Nacional I

Directivo

Fiscal Delegado ante Tribunal del Distrito

Profesional

Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializado

Profesional

Fiscal Delegado ante Jueces del Circuito

Profesional

Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos

Profesional

Profesional Experto

Profesional

Profesional Especializado II

Profesional

Profesional de Gestión III

Profesional

Investigador Experto

Profesional

Profesional Investigador III

Profesional

Profesional Investigador II

Profesional

Profesional Investigador I

Profesional

Técnico Investigador IV

Técnico

Técnico Investigador III

Técnico

Asistente de Fiscal IV

Técnico

Asistente de Fiscal III

Técnico

Asistente de Fiscal II

Técnico

Secretario Ejecutivo

Técnico

Secretario Administrativo

Asistencial

Parágrafo 1

De forma prioritaria la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación desarrollará el concurso necesario para proveer los cargos establecidos en el presente artículo de conformidad con el Sistema Especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación, sin perjuicio de los nombramientos en provisionalidad necesarios para implementar inmediatamente la Dirección establecida, en los cuales se aplicarán los principios de mérito, transparencia, garantía de imparcialidad y eficiencia y eficacia del artículo 3°, junto con los criterios de mérito señalados en el numeral 3 del artículo 11 del Decreto Ley número 020 de 2014.

Parágrafo 2

El inicio del concurso se realizará dentro de los 2 años siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

Parágrafo 3

La Fiscalía General de la Nación presentará anualmente un informe sobre los indicadores de gestión, avance y esclarecimiento en la investigación y judicialización de las conductas que afecten los recursos naturales y el medio ambiente. Esta información será pública y contendrá datos estadísticos que no estén sometidos a reserva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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