Artículo séptimo. El Comité Femenino Antituberculoso será dirigido por una Junta Central de señoras nombrada por primera vez por el Comité Central de la Cruz Roja, y que en lo sucesivo, se renovará por terceras partes, cada dos años, reemplazándose su personal cesante por la propia institución.
Decreto 2358 de 1938 →Vigente
Artículo 7
Decreto 2358 de 1938 · por el cual se establece el timbre antituberculoso voluntario y se crea el Comité Femenino Antituberculoso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.