Micelio

Artículo 3

Cuando Los Miembros De La Comisión Deban Desplazarse En Desarrollo De Las Funciones Inherentes A La Misma, A Lugar Diferente Del Habitual De Trabajo, Tendrán Derecho Al Reconocimiento De Viáticos Y Pasajes De Acuerdo Con Las Normas Vigentes, Debiéndose Proceder, En Cada Caso, A La Elaboración De La Disposición Que Así Lo Ordene

Decreto 751 de 1992 · por el cual se modifica el Decreto número 1635 del 27 de junio de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando los miembros de la Comisión deban desplazarse en desarrollo de las funciones inherentes a la misma, a lugar diferente del habitual de trabajo, tendrán derecho al reconocimiento de viáticos y pasajes de acuerdo con las normas vigentes, debiéndose proceder, en cada caso, a la elaboración de la disposición que así lo ordene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 751 de 1992