La reducción gradual de las exenciones personales y por personas a cargo de que trata el parágrafo 2o. del artículo 1o. de la Ley 27 de 1969 se efectuará en una cantidad igual al veinte por ciento (20%) de la renta líquida que exceda de sesenta mil pesos ($ 60.000.00).
Ley 6 de 1973 →Vigente
Artículo 8
Ley 6 de 1973 · Por la cual se crean estímulos tributarios para las sociedades anónimas, se aumentan las exenciones personales y se dictan otras disposiciones en materia tributaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.