Micelio

Artículo 11

Decreto 469 de 1986 · por el cual se expiden normas sobre el régimen presupuestal y fiscal de las intendencias y comisarías y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PROGRAMACION DE LOS RECURSOS DEL IMPUESTO A LAS VENTAS O IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA PARA LOS MUNICIPIOS INTENDENCIALES Y COMISARIALES. Para los efectos de la distribución de los recursos provenientes del impuesto a las ventas o impuesto al valor agregado, correspondiente a los municipios intendenciales y comisariales, los respectivos planes de inversión deberán ser elaborados con la participación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, DAINCO, tal como lo establezca el reglamento. Dichos recursos podrán destinarse además para la financiación de planes, programas o proyectos de desarrollo regional en la respectiva Intendencia o Comisaría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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