Micelio

Artículo 3

Decreto 3580 de 1949 · Por el cual se crea la Sección de Censura de Prensa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Los funcionarios civiles de la Sección de Censura de Prensa tendrán el carácter de empleados públicos y devengaran las siguientes asignaciones mensuales: El Jefe Civil $ 800.00 Los Censores, a 450.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3580 de 1949