Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.4.1.1.8.3. Definiciones. Para los efectos de lo dispuesto en el presente Sección, se entenderá por:
Nave de Pesca
La dedicada a la captura de los recursos renovables del mar.
Nave de Recreo (Yate)
Nave por lo regular del tipo marítimo convencional, propulsada a motor o a vela, o una combinación de las dos, y destinada a efectuar viajes de placer de carácter “no comercial”.
Nave o Embarcación Deportiva
Nave, comúnmente menor, destinada a la práctica de deportes náuticos especiales, tales como la navegación a vela o a remo, y la práctica de actividades varias, siendo por lo regular de construcción simple, sin cubierta ni superestructura; algunas para uso individual y todas ellas destinadas a la práctica deportiva.
Capitán de Pesca
Persona facultada para el mando de embarcaciones mayores de pesca.
Oficial de Pesca de 1ª. Clase
Persona facultada para sustituir al Capitán de Pesca, si este se inhabilita durante la navegación.
Oficial de Pesca
Persona facultada para desempeñarse como Oficial de guardia en el puente, en buque de pesca.
Oficial Jefe de Cubierta
Oficial de Pesca, apto para dirigir las faenas de pesca especializadas (por ejemplo las faenas de cerco), en buques de pesca que lo requieran.
Patrón de Pesca
Oficial de Pesca, expresamente habilitado para mando de naves menores de pesca comercial en navegación regional.
Maquinista Jefe de Pesca
Oficial de máquinas facultado para desempeñarse como Jefe de Máquinas en buques mayores de pesca, dentro de su categoría.
Maquinista de Pesca de 1ª. Clase
Persona facultada para sustituir al Maquinista Jefe de Pesca, si este se inhabilita durante la navegación.
Maquinista de Pesca
Oficial apto para desempeñarse como Oficial de guardia de máquinas en buques de pesca, de conformidad con su categoría.
Marinero de Pesca de 1ª Clase
Marinero de Pesca, apto para dirigir la marinería en las labores relacionadas con la pesca y el mantenimiento y conservación de los equipos y material de cubierta, como también para prestar guardia en el puente y desempeñarse como timonel.
Motorista de Pesca Regional
Marinero de Máquinas de 1ª Clase, apto para desempeñarse como motorista en buques de pesca con potencia propulsora hasta de 350 K.W. indicados.
Marinero de Pesca
Marinero apto para desempeñar las labores ordinarias subalternas, tanto en cubierta como en máquinas.
Marinero Motorista de Pesca Costanera
Marinero de máquinas, apto para desempeñarse como motorista en buques de pesca con motores propulsores hasta de 75 K.W. indicados.
Pesca Comercial
Las labores de pesca, tanto industrial como artesanal.
Pesca Industrial
La realizada por personas naturales o jurídicas, con medios y sistemas propios a una industria de mediana o gran escala.
Pesca Artesanal
La realizada por personas naturales, que incorporan a esta actividad su trabajo, o por cooperativas u otras asociaciones integradas por pescadores, cuando utilicen sistemas y aparejos, propios de una actividad productiva de pequeña escala.
Pesca de Subsistencia
La realizada sin ánimo de lucro para proporcionar alimento a quien la ejecute o a su familia.
Pesca Científica
La que se realiza únicamente para fines de investigación y estudio.
Pesca Deportiva
La realizada como recreación o deporte, sin otra finalidad que su realización misma.
(Decreto 1597 de 1988 artículo 99)
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