Micelio

Artículo 2

Decreto 681 de 1950 · Personal y asignaciones del Tribunal de Aduanas y de los Juzgados Distritales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El Juzgado Distrital de Aduanas de Bogotá, que se crea por el presente Decreto, tendrá las mismas atribuciones que el artículo 1° del Decreto 1432 de 1940 asigna a los Juzgados Distritales de Aduana, y su jurisdicción comprenderá el territorio de los siguientes Distritos Aduaneros: Bogotá, Cali, Manizales, Medellín, Pereira, Leticia, Puerto Córdoba, Tarapacá y Yavaraté.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 681 de 1950