Micelio

Artículo 4

Decreto 2050 de 2008 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Tierras Conati y se establecen los mecanismos para la elección de los delegados de las comunidades indígenas y negras, organizaciones campesinas, gremios del sector agropecuario y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación ante el Conati.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Consejo Nacional de Tierras - Conati, tendrá quórum deliberatorio con la tercera parte de sus integrantes y quórum decisorio con la mitad más uno de sus integrantes. El Consejo Nacional de Tierras - Conati, privilegiará el método del consenso para la toma de sus decisiones. Cuando este no sea posible, las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de los delegados, una vez constituido el quórum decisorio.

Parágrafo

Ningún miembro del Conati podrá abstenerse de votar, salvo cuando exista un conflicto de intereses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2050 de 2008