° La sociedad estará exenta de toda clase de impuesto nacionales, departamentales y municipales, por el termino de diez (10) años partir de la fecha de su constitución, a excepción del impuesto sobre la renta.
Decreto 1065 de 1956 →Vigente
Artículo 6
La Sociedad Estará Exenta De Toda Clase De Impuesto Nacionales, Departamentales Y Municipales, Por El Termino De Diez (10) Años Partir De La Fecha De Su Constitución, A Excepción Del Impuesto Sobre La Renta
Decreto 1065 de 1956 · Por el cual se autoriza la fundación de una entidad para la construcción y explotación comercial de un Astillero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.