º Este Decreto deberá entenderse incorporado a la Ley 75 de 1986 y rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Decreto 366 de 1987 →Vigente
Artículo 2
º Este Decreto Deberá Entenderse Incorporado A La Ley 75 De 1986 Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
Decreto 366 de 1987 · por el cual se corrige el yerro mecanográfico en la Ley 75 de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.