Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente decreto se aplican a las microempresas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas, con destino al consumo humano para el otorgamiento del registro sanitario ante el Invima.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente decreto se aplican a las microempresas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas, con destino al consumo humano para el otorgamiento del registro sanitario ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA.
La empresas ubicadas en el territorio nacional diferentes a las microempresas podran pro_duir cerveza artesanal y para la obtención del registro sanitario y certificación de Buenas Practicas de Manufactura se regirán por lo establecido en el Decreto 1686 de 2012 o la norma que lo modifique o sustituya.
TEXTO CORRESPONDIENTE A