Micelio

Artículo 28

Sitios De Ubicación Para Las Cajas De Almacenamiento

Decreto 605 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sitios de ubicación para las cajas de almacenamiento. El sitio escogido para ubicar cajas de almacenamiento para basuras, deberá permitir, como mínimo, lo siguiente

1.

Accesibilidad para los usuarios

2.

Accesibilidad y facilidad para manejo y evacuación de los residuos sólidos;

3.

Tránsito de peatones o de vehículos, según el caso;

4.

Conservación de la higiene y la estética del retorno

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 605 de 1996