Micelio

Artículo 5

La Cantidad Incluida En El Presupuesto Como Renta Proveniente Del Producto De La Empresa Colombiana De Petróleos, Conforme A La Ley 165 De 1948, Será Consignada Por Dicha Empresa, Por Cuotas Mensuales Iguales, En La Tesorería General De La República

Decreto 3505 de 1962 · Por el cual se reajusta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones (Ley 138 de 1961), para la vigencia fiscal del 1º de enero a 31 de diciembre de 1963

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La cantidad incluida en el Presupuesto como renta proveniente del producto de la Empresa Colombiana de Petróleos, conforme a la Ley 165 de 1948, será consignada por dicha empresa, por cuotas mensuales iguales, en la Tesorería General de la República. En igual forma procederá con la asignación de subsidio a los Departamentos y al Distrito Especial de Bogotá, ordenado por la Ley 15 de 1959.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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