°. Planes de desempeño en el sector de agua potable y saneamiento básico . De conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 028 de 2008, la formulación, aprobación y evaluación del Plan de Desempeño de que trata el presente artículo, se armonizará con los Acuerdos de Mejoramiento suscritos por las entidades territoriales con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de la siguiente forma: 3.1. La aprobación y evaluación del Plan de Desempeño de las entidades territoriales estará a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, siempre y cuando los eventos de riesgo se relacionen con la prestación de los servicios. Cuando los compromisos asumidos por la entidad territorial en los Acuerdos de Mejoramiento permitan superar los eventos de riesgo, no se requerirá suscribir un Plan de Desempeño. 3.2. La aprobación y evaluación del Plan de Desempeño de las entidades territoriales que se refiera a eventos de riesgo relacionados con el uso y destinación de los recursos del sistema general de participaciones del sector, estará a cargo del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 3.3. La aprobación y evaluación del Plan de Desempeño de las entidades territoriales en donde concurran eventos de riesgo relacionados con el uso y destinación de los recursos del sistema general de participaciones del sector y con la prestación de los servicios, estarán a cargo del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, según los temas de su competencia CAPÍTULO II Presentación de metas y recopilación de Información sobre el gasto de los recursos del sistema general de participaciones en el sector de agua potable y saneamiento básico
Decreto 2945 de 2010 →Vigente
Artículo 3
Planes De Desempeño En El Sector De Agua Potable Y Saneamiento Básico
Decreto 2945 de 2010 · por medio del cual se reglamenta el ejercicio de las actividades de monitoreo, seguimiento y control a que se refiere el Decreto 028 de 2008, para el sector de agua potable y saneamiento básico y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.