Los médicos funcionarios de seguridad social que formen parte de las Juntas Médico-Quirúrgicas, desarrollaran sus labores dentro de su horario de trabajo normal. Para tal fin el Director del Centro de Atención programará el tiempo en la agenda de trabajo.
Decreto 2747 de 1989 →Vigente
Artículo 81
Los Médicos Funcionarios De Seguridad Social Que Formen Parte De Las Juntas Médico-Quirúrgicas, Desarrollaran Sus Labores Dentro De Su Horario De Trabajo Normal
Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.