Micelio

Artículo 1.6.1.24.5

Montos Objeto De Devolución

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Montos objeto de devolución. Los visitantes extranjeros no residentes en Colombia podrán solicitar la devolución del IVA por la adquisición de los servicios gravados, mencionados en el artículo 4° del presente capítulo, cuando su cuantía, incluido el IVA, sea igual o superior a diez (10) Unidades de Valor Tributario (UVT).

El monto máximo de impuesto a devolver a que se refiere el presente capítulo, por persona será hasta por un valor equivalente a cien (100) Unidades de Valor Tributario (UVT).

(Artículo 5°, Decreto 660 de 2016)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1625 de 2016