Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1970 de 1997 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Cultura y se distribuyen sus funciones entre sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Oficina de Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en el diseño de propuestas de políticas culturales del sistema nacional de cultura y de los programas que deba desarrollar la entidad.

2.

Hacer el diagnóstico general del Ministerio y proponer las decisiones tendientes a mejorar la calidad de los servicios y el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de Cultura, y optimizar el uso de los recursos disponibles para modernizar y tecnificar la entidad.

3.

Elaborar y evaluar los planes, programas y proyectos que se requieran para el desarrollo de las funciones del Ministerio y proyectar los ajustes necesarios en coordinación con las demás dependencias.

4.

Diseñar y coordinar el proceso global de planificación en los aspectos técnicos, económicos y administrativos del organismo.

5.

Preparar en coordinación con las demás dependencias el plan de acción anual del Ministerio.

6.

Preparar con las dependencias el proyecto anual de presupuesto y el programa anual de caja y sus modificaciones y someterlas a consideración del Ministro.

7.

Realizar estudios sobre la organización y desarrollo administrativo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la gestión y métodos de trabajo.

8.

Elaborar estudios económicos y financieros del sector institucional de la cultura.

9.

Coordinar la elaboración, el manejo y el desarrollo del banco de proyectas culturales, así como las estadísticas del sector cultural y la implementación del sistema de la información cultural.

10.

Asesorar al Ministro en la formación de programas de capacitación e investigación en materias relacionadas con la actividad del sector cultural en todos los niveles, diseñar las metodologías y adelantar la adecuación de los programas que sean necesarios.

11.

Rendir los informes periódicos y los demás que le sean solicitados por el Ministro.

12.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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