FALTAS LEVES . Son faltas leves
Incumplir sin causa justificada, compromisos de carácter pecuniario.
Usar prendas no reglamentarias o uniformes que no correspondan al acto oficial o social de que se trate.
Descuidar la correcta presentación en la persona o en el uniforme.
Abusar ocasionalmente de bebidas embriagantes o consumir estupefacientes en desarrollo de actos del servicio o en instalaciones militares u oficiales. Esta falta tendrá como agravante el hacerlo en presencia o compañía de subalternos o del público.
Intervenir en juegos de suerte y azar prohibidos por las normas y reglamentos o concurrir a lugares donde se verifiquen éstos.
Concurrir uniformado a lugares que no estén de acuerdo con la categoría militar y el prestigio de la Institución, a menos que se trate del cumplimiento de una orden para el mantenimiento del orden público.
Llevar a los casinos, cámaras o centros sociales militares a personas que no correspondan a la categoría y prestigio de la Institución.
Tratar al público en forma inculta o despótica.
Incumplir las obligaciones legales u observar conducta impropia para con su núcleo familiar.
Irrespetar a los miembros de otros cuerpos armados nacionales o extranjeros.
No observar la consideración y respeto debidos a la dignidad y el honor del personal militar y civil.
La parcialidad al imponer sanciones y dispensar recompensas por animadversión o simpatía hacia el subalterno.
Comprometer al subordinado para que oculte una falta.
No conceder el conducto regular a los subordinados.
Eludir la responsabilidad inherente a las funciones de comando.
La negligencia en prevenir y corregir las conductas que den lugar a infracciones contra la disciplina.
Encubrir o tratar de encubrir las faltas cometidas por personal subalterno bajo su mando.
Dejar de anotar en los folios de vida o evaluaciones correspondientes, los premios conferidos y las sanciones impuestas.
No evaluar a los subalternos dentro de los lapsos prescritos en el reglamento respectivo.
La despreocupación por el bienestar del personal bajo su mando.
No estimular por actos que lo merezcan, al personal bajo su mando.
No llevar al día los folios de vida y demás documentos que tienen que ver con el manejo y administración de personal.
No controlar debidamente el cumplimiento de las sanciones impuestas.
No acudir en ayuda del subordinado cuando por razones de equidad, justicia o bienestar sea necesaria la intervención de su jefe.
Replicar de forma injustificada y descortés a una corrección o sanción.
Demandar explicaciones al superior sobre el fundamento de una orden, reconvención u observación.
Usar, permitir o tolerar la murmuración o crítica contra el superior o contra de sus órdenes o instrucciones.
Pretermitir el conducto regular.
Denunciar temerariamente al superior.
Incumplir las funciones propias del cargo.
No informar oportunamente sobre el cumplimiento de las órdenes al superior que las haya impartido.
No rendir oportunamente los documentos o tareas de orden militar.
No asistir con puntualidad al servicio o las presentaciones a que esté obligado.
No dar cuenta de hechos de los cuales se debe informar a los superiores, o hacerlo con retraso o con falta de veracidad.
Ocultar al superior, intencionalmente, irregularidades o faltas cometidas contra el servicio, o tratar de desorientarlo sobre la realidad de lo sucedido.
Incumplir disposiciones de carácter policivo y órdenes del servicio de la Policía Militar.
No observar los Comandantes de Buque el Reglamento de Abordaje en el mar cuando se maniobra.
Cambiar sin justificación ni autorización las órdenes impartidas por los superiores.
Interferir en el ejercicio de las funciones y atribuciones de miembros de la Fuerza Pública, cuando éstos estén cumpliendo con sus obligaciones.
La negligencia del profesorado en el cumplimiento de sus deberes docentes.
Demostrar negligencia o desinterés en los estudios.
El irrespeto al profesorado.
La inasistencia no justificada a las clases, o la falta de puntualidad a ellas, así como el no cumplimiento de tareas con la oportunidad ordenada.
La utilización de elementos de consulta en exámenes cuando ésta no ha sido autorizada por el profesor.
El suministro o empleo de datos escritos o verbales a otros alumnos para ayudarlos en forma indebida al desarrollo de sus exámenes.
El empleo de cualquier medio para conocer previamente los temas de exámenes.
Retirarse del curso o aula sin causa justificada.
Expresar pública y abiertamente inconformismo frente a proyectos o determinaciones del Gobierno Nacional o de las Fuerzas Militares.
No guardar la reserva y discreción necesarias para evitar que trasciendan al público actos del servicio, así como comentar con personas ajenas a la Institución sobre tales hechos.
Demostrar negligencia o descuido en el manejo de documentación clasificada o de uso exclusivo de la Institución.
El desafío, las riñas, maltratos de obra o de palabra entre compañeros.
El uso de las prendas de vestuario, equipo, armamento y otros elementos de los compañeros, sin la debida autorización.
La coacción a un compañero para que reclame infundadamente contra un superior u otro compañero.
No participar activamente en el desarrollo de los trabajos de equipo o demostrar desinterés en las tareas individuales que de ellos se desprendan.
Elaborar o auspiciar anónimos, o colaborar en su elaboración.
Utilizar términos impropios para referirse a superiores, compañeros o subalternos.
No tener con los miembros de la Institución y sus familiares, las consideraciones y el respeto debido a la persona humana.
Utilizar términos, modales o actitudes que atenten contra el buen nombre y la reputación de la Institución y las personas a su servicio.
Demostrar negligencia en las expresiones y cortesía que se deben a todo superior por razón de su persona, grado o cargo.
Eludir el saludo o ejecutarlo con negligencia.
No tramitar oportunamente la documentación establecida para el cargo que se ocupa.
No revisar periódicamente el material de guerra, intendencia y demás elementos de dotación de la unidad a su cargo para establecer responsabilidad sobre faltantes, daños y otras irregularidades.
No informar oportunamente la ocurrencia de daños, pérdida o descuido de material.
Demostrar negligencia en la entrega oportuna de elementos para el mantenimiento del material y equipo de las Fuerzas Militares.
No entregar documentación, material o elementos a su cargo, en los plazos establecidos por las dependencias o unidades.
No legalizar oportunamente los dineros recibidos por avances.
No reintegrar oportunamente los materiales recibidos para el servicio.
No cumplir los plazos estipulados en la rendición de cuentas fiscales y contadurías, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias estipuladas para cada caso.
Demostrar negligencia en el control administrativo de bienes muebles, inmuebles y valores a su cargo.
La tardanza injustificada en la tramitación y pago de cuentas administrativas.
No cumplir a cabalidad y dentro de los términos legales establecidos en el Reglamento de procesos administrativos por pérdida o daños de los bienes destinados al servicio del ramo de defensa nacional o normas que lo modifiquen o adicionen, los deberes del funcionario de instrucción, fiscal, perito o fallador de instancia.
Suministrar sin estar legalmente autorizado, información sobre requisitos que la Institución señale para la adquisición de bienes y servicios.
Ocultar al superior irregularidades administrativas.