° Créanse dos puestos más de Escribiente en la Sección Especial del Censo de la Dirección General de Estadística, con la asignación, mensual de $.55 cada uno Comuníquese y publíquese.
Decreto 725 de 1918 →Vigente
Artículo 2
Créanse Dos Puestos Más De Escribiente En La Sección Especial Del Censo De La Dirección General De Estadística, Con La Asignación, Mensual De $
Decreto 725 de 1918 · Por el cual se restablecen unos empleos y se crean otros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.