Micelio

Artículo 18

Decreto 70 de 2001 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Direcciones de Energía, de Gas, de Hidrocarburos y de Minas a que hace referencia el artículo 16 del presente decreto, continuarán desarrollando las funciones asignadas a las mismas en los artículos 9º, 10, 12, y 13 respectivamente, del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 70 de 2001