º. Por decretos posteriores se reglamentarán el funcionamiento, los programas de estudio y los trabajos de las diversas Secciones del Instituto Nacional de Agronomía.
Decreto 123 de 1916 →Vigente
Artículo 4
Por Decretos Posteriores Se Reglamentarán El Funcionamiento, Los Programas De Estudio Y Los Trabajos De Las Diversas Secciones Del Instituto Nacional De Agronomía
Decreto 123 de 1916 · Sobre enseñanza agrícola
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.