Documentos soporte de la Declaración de Exportación.
Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la presentación y aceptación de la Solicitud de Autorización de Embarque, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera cuando esta así lo requiera:
Declaración de Importación
Mandato, cuando actúe como declarante una Sociedad de Intermediación Aduanera o un apoderado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 305. Documentos soporte de la Declaración de Exportación.
Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la presentación y aceptación de la Solicitud de Autorización de Embarque, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera cuando esta así lo requiera:
Declaración de Importación
Mandato, cuando actúe como declarante una Sociedad de Intermediación Aduanera o un apoderado.