Micelio

Artículo 11

Como Consecuencia De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, El Instituto Procederá, Una Vez Que Inicie Labores, A Hacer Los Estudios Y A Elaborar Los Planos De Las Obras Mencionadas En Los Municipios, De La Séptima Y Sexta Categoría, A Fin De Que En El Menor Termino Posible Se De Cumplimiento A Las Anteriores Disposiciones

Decreto 289 de 1950 · Por el cual se organiza el Instituto de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo anterior, el Instituto procederá, una vez que inicie labores, a hacer los estudios y a elaborar los planos de las obras mencionadas en los Municipios, de la séptima y sexta categoría, a fin de que en el menor termino posible se de cumplimiento a las anteriores disposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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