Micelio

Artículo 5

Ley 13 de 1908 · Sobre orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los responsables de los delitos de que trata el artículo anterior se les impondrá alguna de estas penas, según la gravedad del caso:

La de prisión hasta por cuatro años;

La de extrañamiento del Territorio de la República hasta por tres años;

y La de confinamiento hasta por dos años.

Estas penas llevan anexa la perdida de los derechos políticos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1908