Finalidades. La Red Nacional de Información para el cumplimiento de sus fines deberá:
Establecer lineamientos para la migración, el intercambio de información e interoperabilidad de los sistemas de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
Brindar insumos para caracterizar y focalizar a las víctimas teniendo en cuenta sus características particulares.
Brindar información a las entidades públicas del nivel gubernamental y estatal en el orden nacional y territorial del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas para formular, implementar, y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia de prevención, asistencia, atención, protección y reparación integral, de acuerdo con los principios establecidos en la presente Parte.
Apoyar el desarrollo técnico de los Sistemas de Información de las entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas para facilitar su participación en la Red definida en este Título, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Plan Operativo de Sistemas de Información.
Definir los mecanismos de coordinación entre las instituciones que conforman la Red.
(Decreto 4800 de 2011, artículo 57)