El retiro y separación del servicio para el personal de la Armada se clasificara según su situación y condiciones, en la forma como se indica a continuación:
Retiro temporal, con pase a la Reserva Principal.
Por voluntad propia.
Por voluntad del Gobierno.
Retiro con pase a la Reserva Principal.
Por invalidez absoluta.
Por invalidez relativa.
Por incapacidad técnica.
Retiro absoluto.
Por invalidez absoluta.
Por edad mayor de sesenta (60) años.
Separación de la Armada.
Temporal.
Absoluta.